Así como la verdad es la prioridad de todo sistema de pensamiento, la justicia ha de ser la primera virtud de las instituciones sociales, por encima incluso del bienestar de la sociedad. Como en el caso de la verdad, la justicia no puede estar sujeta a transacciones. La justicia es, pues, el único valor que puede definir una "sociedad bien ordenada‖.
El objeto primario de la justicia es la estructura básica de la sociedad.
Los principios de justicia, definidos así como principios de justicia distributiva, proporcionan un modo para asignar derechos y deberes en las instituciones básicas de la sociedad, y definen la distribución apropiada de los beneficios y las cargas de la cooperación social.
En este enfoque, el objeto primario de la justicia no se dirige, en principio, a instituciones o prácticas sociales concretas (por ejemplo, la situación económica de cada miembro de la sociedad), sino a la "estructura básica de la sociedad", es decir, a las instituciones sociales más importantes. Por "instituciones sociales más importantes" entiende Rawls la constitución política y las principales disposiciones económicas y sociales, que se concretan en derechos como la libertad política (votar, desempeñar cargos públicos), la libertad de expresión y reunión, la protección jurídica de la libertad de pensamiento y de conciencia, la competencia mercantil, la propiedad privada de los medios de producción o la familia monogámica.
En base a textos de John RAWLS.
En base a textos de John RAWLS.
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